DESPIDO POR ESTADO DE EBRIEDAD EN JORNADA DE HOME OFFICE
- Inter Staff
- 27 oct 2020
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 12 nov 2020
¿Es posible despedir a un Empleado por estar en estado de ebriedad, aun durante la jornada de trabajo en Casa (Home Office)?

Dentro de normatividad laboral aplicable, encontramos en la Ley Federal del Trabajo las obligaciones de los trabajadores, el artículo 134 establece entre otras, la obligación por parte de los trabajadores de observar y sujetarse a las disposiciones contenidas en los “reglamentos, normas oficiales en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal.”
Es importante tomar en cuenta que además de los lineamientos legales, dentro del propio Reglamento Interior de trabajo, es recomendable incluir los términos de Trabajo en Casa o Home Office, así como la firma de una carta-aceptación de cambio de las condiciones de trabajo, es decir, domicilio, ya sea de manera temporal o permanente. Esa aceptación obligará a los trabajadores sujetarse a las mismas medidas y condiciones laborales durante la jornada de trabajo en su domicilio que regulan el trabajo dentro de la Empresa.
Lo anterior, no dejaría duda, sobre el cumplimiento de los lineamientos laborales mismos que en caso de incurrir el trabajador en alguna falta como las establecida en la Ley, podría incluso el patrón, rescindir la relación de trabajo sin responsabilidad para él, lo anterior considerando que dentro de las causales de terminación de la relación de trabajo es precisamente que el trabajador “concurra a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica”.
Para la correcta terminación habrá que seguir los lineamientos correspondientes que establece la ley, en tiempo y forma y así evitar incurrir en el pago de salarios e indemnizaciones no correspondientes por tratarse de una terminación con causal en base a Ley, para ello importante asegurar tener los elementos probatorios suficientes que servirán de base para el procedimiento laboral en caso de llegar a un Juicio, recordemos que ahora la Ley favorece en todo momento la conciliación como primera etapa del proceso.
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